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  • Desheredación de un hijo en la empresa familiar: causas

    La desheredación de un hijo solo es válida si el testamento expresa una causa legal y los hechos se prueban cuando se impugna. No basta la mala relación ni que el hijo no trabaje en la empresa. Si la causa no se acredita, el hijo recupera su legítima y la desheredación queda sin efecto.

    ¿Qué es la desheredación y qué exige el Código Civil?

    La desheredación es la disposición testamentaria por la que se priva a un legitimario de su derecho a la legítima. El artículo 848 del Código Civil solo la admite por justa causa, que debe estar expresada en el testamento y tener fundamento en las causas que fija la ley.

    La ley distingue entre la libertad de testar y la protección de la legítima. El testador puede dejar poco a un hijo, pero solo puede privarlo de la legítima mediante la desheredación formal. Si lo hace sin cumplir los requisitos, el hijo mantiene su derecho.

    Este régimen se aplica en derecho común. Cada derecho foral regula sus propias causas de desheredación o de exclusión, por lo que conviene verificar la vecindad civil del testador antes de decidir.

    Causas legales que permiten desheredar a un hijo

    El artículo 852 del Código Civil remite a las causas de indignidad para suceder del artículo 756, entre ellas haber atentado contra la vida del testador o haber sido condenado por determinados delitos. El artículo 853 añade dos causas específicas para hijos y descendientes.

    • Haber negado, sin motivo legítimo, alimentos al padre o ascendiente que desherede.
    • Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
    • Las causas de indignidad previstas en el artículo 756, según su redacción vigente tras la Ley 8/2021.

    El Tribunal Supremo ha admitido que el maltrato psicológico reiterado puede constituir causa de desheredación. Por el contrario, la simple falta de relación o el desinterés por el negocio familiar no es una causa legal.

    Requisitos formales: cómo debe constar en el testamento

    La desheredación debe hacerse en testamento, con indicación de la causa y sin condiciones. Una referencia genérica («por su conducta») no basta: la causa debe especificarse con claridad suficiente para identificar los hechos.

    Conviene también identificar con precisión al desheredado y, si procede, hacer constar que la desheredación se extiende a sus descendientes o, por el contrario, que estos mantienen sus derechos. Los hijos del desheredado ocupan su lugar en la legítima, según el artículo 857, salvo que el testador lo excluya cuando sea posible.

    Un buen documento enumera los hechos con datos de fecha y contexto, evita juicios de valor innecesarios y se redacta con asesoramiento jurídico, porque cualquier defecto formal puede invalidarlo.

    La prueba: quién debe acreditar la causa

    Si el hijo desheredado impugna, corresponde a los herederos del testador probar la veracidad de la causa (artículo 850 del Código Civil). Si no lo consiguen, la desheredación se considera injusta.

    Esta carga probatoria es una de las razones por las que la desheredación es difícil en la práctica. Recae sobre el hijo que hereda la empresa, que ha de acreditar hechos ocurridos años atrás, cuando el testador ya no puede declarar.

    Por eso es aconsejable que el testador conserve pruebas: comunicaciones, denuncias, sentencias o testigos. Y que su testamento se otorgue ante notario, que deja constancia de la capacidad y de la voluntad del otorgante.

    Efectos de una desheredación injusta

    Si se declara injusta, el artículo 851 del Código Civil anula la institución de heredero en cuanto perjudique la legítima del desheredado. Se mantienen, en cambio, los legados y las mejoras en la medida en que no perjudiquen esa legítima.

    En la práctica, el desheredado recupera su legítima estricta y puede reclamarla sobre la herencia, incluida la empresa. Esto puede obligar al heredero a pagar en metálico, o incluso a revisar la adjudicación de participaciones.

    Un riesgo adicional es el desgaste familiar. Un pleito sobre la validez de la desheredación suele durar años, paraliza decisiones y deteriora la relación entre hermanos, con efectos directos sobre la empresa.

    Caso práctico: desheredación impugnada

    Un empresario con tres hijos tiene un patrimonio de 3.000.000 euros, con una sociedad de 2.100.000 euros. Desherada a su hijo Álvaro por maltrato psicológico y deja la empresa a su hija Berta. Álvaro impugna y el juez estima que la causa no está probada.

    ConceptoImporte
    Patrimonio3.000.000 €
    Legítima estricta (1/3)1.000.000 €
    Legítima de Álvaro (1/3 de la estricta)333.333 €
    Parte a pagar a Álvaro por Berta si la empresa se mantiene333.333 €

    Álvaro recibiría 333.333 euros, no la tercera parte de la empresa. Berta puede pagarlos en metálico si el testamento prevé la adjudicación al amparo del artículo 1056 del Código Civil. Un informe pericial tributario y de valoración será clave para fijar el importe exacto.

    Alternativas a la desheredación

    En muchos casos existen soluciones menos conflictivas. El testador puede reducir la parte de un hijo a su legítima estricta, adjudicarle bienes ajenos a la empresa y evitar así que sea socio sin necesidad de desheredarlo.

    También puede acudirse a la cautela socini, que ofrece al legitimario recibir más si acepta el reparto, y a la mediación familiar. Un buen diseño sucesorio, con apoyo en el derecho societario y las operaciones corporativas, protege la empresa sin recurrir a una medida tan radical.

    Si se decide desheredar, conviene coordinar el testamento con el resto del plan, tal como se explica en el artículo sobre hijos que no trabajan en la empresa familiar.

    Preguntas frecuentes

    ¿Se puede desheredar a un hijo porque no quiere trabajar en la empresa?

    No. No trabajar en la empresa familiar no es una causa legal de desheredación. El testador puede compensarle con otros bienes y adjudicar la empresa a otro hijo, respetando siempre su legítima estricta.

    ¿Quién debe probar la causa de la desheredación?

    Corresponde a los herederos del testador probar que la causa es cierta si el desheredado la impugna, según el artículo 850 del Código Civil. Si no la prueban, la desheredación se considera injusta.

    ¿Qué pasa con los hijos del desheredado?

    Los descendientes del desheredado ocupan su lugar y conservan los derechos a la legítima, según el artículo 857 del Código Civil. Heredan por representación la parte que habría correspondido al desheredado.

    ¿Puede un hijo desheredado reclamar su parte de la empresa?

    Si la desheredación es injusta, puede reclamar su legítima, normalmente en valor y no en participaciones. Si el testador previó el pago en metálico del artículo 1056, el heredero de la empresa le abonará su parte en dinero.

    Contenido informativo de carácter general, actualizado a la fecha de publicación; no constituye asesoramiento para un caso concreto.